Para ordenar a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) que someta a la Junta de Supervisión Fiscal las Certificaciones de todas las leyes relacionadas con la salud que han sido paralizadas de su implementación por la misma; en específico, de la Ley 82-2019, de la Ley 138-2019, de la Ley 47-2020 y de la Ley 142-2020; en conformidad con la Sección 204(c) de la Ley PROMESA, y con especial atención, que dichas Certificaciones contengan toda la información requerida por la Junta de Supervisión Fiscal que la misma ha establecido deben incluir, según lo dispuso el Tribunal de Circuito de Apelaciones Federal, en el caso Junta de Supervisión. In re-Fin. Supervisión y Admin. Bd. para P.R., --- Suplemento Federal 3d. ---, 2020 WL 7693134, a la página ** 30-31 (D.P.R.2020) y ratificada por el Tribunal del Primer Circuito de Apelaciones Federal en el caso Pierluisi v. Financial Oversight & Management Board for Puerto Rico, No. 21-1071 (1st Cir. 2022); establecer fecha de cumplimiento para la entrega de dichas Certificaciones a la Junta de Supervisión Fiscal y para otros fines relacionados
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Introduced Aug 17 2022
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Referido a Comisión(es) Aug 23 2022