RCC 73
Para ordenar a la Oficina para el Mejoramiento de las Escuelas (OMEP), la Autoridad de Edificios Públicos, el Departamento de Salud, el Departamento de Transportación y Obras Públicas y al Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a certificar, previo a su apertura, a las escuelas que serán abiertas para llevar a cabo clases presenciales o a través del denominado sistema híbrido; demostrar que estas obtuvieron la certificación del Departamento de Salud, que están en óptimo estado, que cuentan con la capacidad estructural o los refuerzos estructurales requeridos, que han sido inspeccionadas, higienizadas y están aptas para recibir estudiantes por primera vez desde el inicio de la pandemia de Covid-19, que los estudiantes cuentan con la disponibilidad del transporte escolar hacia las mismas y que dicho transporte está certificado y con sus permisos y licencias al día, y que se tomaron todas las medidas de emergencia requeridas para evitar contagios de manera que no se afecte el ofrecimiento del pan de la enseñanza y se ponga en riesgo la salud y seguridad de estudiantes, maestros y personal no docente que habrá de acudir a las mismas; y para otros fines relacionados.
- Introduced Feb 25 2021
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